Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos
Comunicado 24. Modificación bonificación por antigüedad. Resolución Rectoral N° 13 del 7 de marzo de 2025
Publicado por Secretaria.general el 12/3/2025 (95 lecturas)
Considerando los conflictos en la interpretación del literal H, del artículo 1°, de la Resolución Rectoral N° 40 del 21 de agosto de 2024, frente a la bonificación empleada a los trabajadores por quinquenios de servicio, contados a partir de los 15 años y según lo que se presentó en el año 2024, la Rectoría, expidió la Resolución Rectoral N° 13 del 7 de marzo de 2025, por medio de la cual hace una modificación del texto descrito, lo cual debe ser tenido en cuenta a partir del año 2025.
Queda de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1º. Modificar el Artículo 1, literal H de la Resolución Rectoral No. 40 de 21 de agosto de 2024, el cual quedará de la siguiente manera:
H. Por antigüedad y calidad en el servicio. La Universidad entregará bonificaciones por antigüedad y calidad en el servicio a aquellos empleados que hayan tenido un trabajo reconocido por su apoyo al desarrollo institucional equivalentes al 10% del salario básico. Se entregará a quienes cumplan 15, 20, 25, 30 y demás quinquenios siguientes, en caso de darse. En todos los casos, será solo el 10% del salario básico devengado.
Para ser beneficiario de la bonificación por antigüedad, deberá tener contrato a término indefinido o año calendario, excelente evaluación de desempeño, no tener procesos disciplinarios en curso o con sanciones en firme y sea reconocido su servicio en el cumplimiento de los indicadores institucionales, con productos objetivos y tangibles que puedan visibilizarse en la gestión dentro de la Universidad.
Parágrafo. Las bonificaciones se entregarán siempre que en el momento del pago tenga vinculación laboral con la Universidad. No se tendrán en cuenta como una obligación por pagar en caso de una terminación del contrato ni se asimilarán a una prestación extralegal.
Estas bonificaciones se entregarán de acuerdo con lo que determine la Rectoría General.
Quienes hayan cumplido quinquenios en vigencia de la Resolución Rectoral No. 40 del 21 de agosto de 2024, no tendrán ningún recálculo frente a la bonificación recibida, pues el reconocimiento económico se establece solo en el 10% del salario básico devengado en el momento de la causación del beneficio."
H. Por antigüedad y calidad en el servicio. La Universidad entregará bonificaciones por antigüedad y calidad en el servicio a aquellos empleados que hayan tenido un trabajo reconocido por su apoyo al desarrollo institucional equivalentes al 10% del salario básico. Se entregará a quienes cumplan 15, 20, 25, 30 y demás quinquenios siguientes, en caso de darse. En todos los casos, será solo el 10% del salario básico devengado.
Para ser beneficiario de la bonificación por antigüedad, deberá tener contrato a término indefinido o año calendario, excelente evaluación de desempeño, no tener procesos disciplinarios en curso o con sanciones en firme y sea reconocido su servicio en el cumplimiento de los indicadores institucionales, con productos objetivos y tangibles que puedan visibilizarse en la gestión dentro de la Universidad.
Parágrafo. Las bonificaciones se entregarán siempre que en el momento del pago tenga vinculación laboral con la Universidad. No se tendrán en cuenta como una obligación por pagar en caso de una terminación del contrato ni se asimilarán a una prestación extralegal.
Estas bonificaciones se entregarán de acuerdo con lo que determine la Rectoría General.
Quienes hayan cumplido quinquenios en vigencia de la Resolución Rectoral No. 40 del 21 de agosto de 2024, no tendrán ningún recálculo frente a la bonificación recibida, pues el reconocimiento económico se establece solo en el 10% del salario básico devengado en el momento de la causación del beneficio."
Quiere decir que, la bonificación, cualquiera sea el quinquenio que se quiera estimular, será solo del 10% del salario básico devengado a la fecha, 15 años, 20 años, 25 años, 30 años, 35 años de servicios, etc.
Se anexa la Resolución referida y la Resolución N° 40 del 21 de agosto de 2024, con el texto incorporado.
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