Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 91. Nueva reglamentación para la contratación de aprendices y practicantes. Resolución Rectoral N° 43 del 27 de agosto de 2024.

Publicado por Secretaria.general el 29/8/2024 (80 lecturas)

 La Rectoría mediante la Resolución Rectoral 43 del 27 de agosto de 2024, reglamentó lo relativo a la asignación, selección y contratación de aprendices y practicantes en la Universidad Católica Luis Amigó.

 
Esta disposición contiene:
 
Definiciones de aprendíz y practicanteLa asignación de aprendices corresponderá sólo al Departamento de Relaciones Laborales, mediante convocatoria institucional, quien deberá informar al solicitante si fue aceptada la solicitud. 
 
Los Departamentos de Gestión Humana y Relaciones Laborales, realizarán el proceso de selección del aprendiz, con participación de la Unidad convocante. 
 
En caso de que no se vinculen aprendices, serán monetizados.
 
La asignación de aprendices no es un derecho adquirido y permanente de las Unidades solicitantes.
 
Las condiciones de remuneración de aprendices y practicantes serán definidas únicamente por los Departamentos de Relaciones Laborales y Gestión Humana y no por los jefes de las Unidades a las cuales estarán adscritos.
 
Respecto de practicantes, éstos se contratarán solo cuando sea indispensable y en cuanto se hayan agotado todos los cupos disponibles para aprendices o no estén incorporados en estas áreas de formación.
 
Los practicantes ya no serán contratados directamente por la Unidad, sino por los Departamentos de Relaciones y Gestión Humana, previa solicitud realizada por el jefe de la unidad antes de la consolidación del presupuesto anual. 
 
Los procesos de selección y contratación de practicantes quedan centralizados únicamente en los Departamentos de Relaciones y Gestión Humana. 
 
El presupuesto anual para practicantes será realizado anualmente, sólo por el Departamento de Gestión Humana, después de consolidar las necesidades establecidas en las Unidades (cuando sean remuneradas) y serán cargados a las Unidades beneficiarias.
 
Se establecen las causales de terminación y suspensión  de los contratos de aprendizaje y de práctica.
 
Se anexa la resolución. 
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