Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 76. Nueva ley de protección de los derechos de estudiantes gestantes, en período de lactancia y en licencia de paternidad en instituciones educativas. Ley No. 2394 del 26 de julio de 2024

Publicado por Secretaria.general el 5/8/2024 (181 lecturas)

 Con el fin de garantizar la protección de los derechos de los estudiantes que se encuentren en las tres condiciones descritas en el título de esta ley  y sigan desarrollando sus actividades académicas, se aprobó la ley en referencia.

 
Obliga a todos los establecimientos educativos a garantizar el derecho a la educación a madres gestantes, en periodo de lactancia y a quienes disfruten de la licencia de paternidad.
 
Esta ley garantiza el acceso y permanencia en el sistema educativo, sin ninguna discriminación, por lo que se prohíbe negar, suspender, expulsar o cancelar las matrículas a estudiantes en estas condiciones.
 
Prescribe diseñar planes metodológicos, adoptar herramientas pedagógicas, ajustes razonables para la asistencia a clases, presentación de trabajos, flexibilización académica, cambios en las formas y fechas de presentación de trabajos, evaluaciones, entre otros.
 
Deberán facilitarse estrategias mediante el acompañamiento de medios virtuales o remotos, con flexibilización de jornadas, horarios y actividades curriculares.
 
Las condiciones establecidas en esta ley requerirán que el estudiante presente las pruebas correspondientes que lo acrediten como tal, con certificaciones médicas o de otra naturaleza.

Para estudiantes en período de lactancia: se requerirá el registro civil de nacimiento del menor, para que por un período no menor a 18 semanas, sean beneficiarios de esta ley.

- Para estudiantes en licencia de paternidad: acreditar residencia que coincida con la de la madre y el menor, acompañados del registro civil de nacimiento y tendrá un beneficio no menor a 5 semanas posteriores al nacimiento del menor.

Para estudiantes gestantes: certificación médica del embarazo cuando aún no sea un hecho notorio. 

Prescribe que las Instituciones de Educación Superior, deberán diseñar todas las estrategias que promuevan acceso y permanencia de estudiantes en estado de gestación, período de lactancia y con licencia de paternidad, en el marco de la autonomía universitaria.

Además, se deberán adecuar las instalaciones educativas, con espacios dignos para que las mujeres en período de lactancia, puedan extraer la leche materna y se permita su conservación, transporte al hogar en condiciones de salubridad y seguridad o aún, para lactar al bebé dentro de la Institución.

Se anexa el texto de la ley.
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