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Comunicado 59. Personas con cáncer o sospecha de cáncer con especial protección. Ley 2360 del 14 de junio de 2024
Publicado por Secretaria.general el 3/7/2024 (416 lecturas)
El Congreso de la República aprobó la ley en referencia, la cual modifica la ley 1384 de 2010 (denominada ley Sandra Ceballos), y que define a las personas que tengan un diagnóstico de cáncer o sospecha del mismo como sujetos de especial protección legal y constitucional.
Esta ley establece lo siguiente:
- Se considera el cáncer como una enfermedad de interés en materia de salud pública y prioridad nacional.
- Los pacientes con cáncer primarán frente a pruebas diagnósticas clínicas y según las directrices del Instituto Nacional de Cancerología.
- Tendrán el acompañamiento de sociedades científicas especializadas en oncología.
- Se incluirán estrategias relacionadas con la promoción, la prevención, la detección temprana, tratamiento integral, rehabilitación y cuidados paliativos.
- Se provisionarán recursos para la atención de personas con sospechas o diagnóstico de cáncer.
- Habrá multicanalidad en la atención, de manera presencial o directa, telemedicina y otras tecnologías de la información, en todas las regiones.
- El Gobierno Nacional tendrá 6 meses para establecer los protocolos y estrategias, considerando estadísticas, factores de riesgo, prevalencia, condiciones del cáncer, desde la comprensión epidemiológica e integración de guías de práctica clínica.
- La contratación se realizará con IPS, con servicios oncológicos habilitados o Unidades funcionales.
- Se deberá garantizar el acceso universal, oportunidad y calidad en la atención oncológica.
- Se consideran definiciones como: control integral del cáncer, cuidado paliativo, nuevas tecnologías en cáncer, sujetos de especial protección constitucional y sospecha de cáncer.
Además de lo anterior, se reitera la especial protección laboral, estabilidad laboral reforzada, respecto de personas con cáncer para garantizar la continuidad en su tratamiento de salud por condición de vulnerabilidad originada en la enfermedad, con antecedentes en las sentencias T-822 de 2014, T-718 de 2014, T-734 de 2015, T-376 de 2016, en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas, sobre los derechos de las personas con discapacidad, artículo 1, numeral 1, literal a) y la ley 361 de 1997, artículo 26.
Las personas con cáncer o sospecha de cáncer, merecen la especial consideración frente a su estado de salud para afrontar la enfermedad y apoyar su proceso de recuperación.
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