Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 40. Nueva reglamentación sobre registros calificados (Decreto MEN 0529 del 29 de abril de 2024).

Publicado por Secretaria.general el 30/4/2024 (2379 lecturas)

 Mediante Decreto 0529 del 29 de abril de 2024, el Ministerio de Educación Nacional, modificó las condiciones de registro calificado, de las instituciones de Educación Superior en las etapas de pre y radicación (condiciones institucionales y de programa).

 
Los cambios normativos, según la parte motiva de la disposición, se orientan desde la reconceptualización del sistema de aseguramiento de la calidad, la simplificación de trámites, la flexibilidad, la incorporación de territorios, entre otros aspectos.
 
Contiene:
 
- Definición, otorgamiento, renovación y vigencia del registro calificado.
 
- Carencia del registro calificado.
 
- Se establece la posibilidad de registros únicos en varias situaciones: varias modalidades, varios territorios, la mezcla de varias modalidades con varios territorios y hacer las respectivas modificaciones de programa con éstas consideraciones.
 
- Diferencia modalidad y metodología.
 
- Hace precisiones sobre los lugares de desarrollo. 
 
- Establece la autonomía institucional y el reconocimiento de la diversidad de las IES según la naturaleza, carácter académico, misión institucional, nivel de formación, modalidad ofrecida y propósitos de formación. 
 
- Diferencia programa académico nuevo de programa académico en funcionamiento para el otorgamiento del registro calificado.
 
- Propone acompañamiento, asistencia y desarrollo de comunidades y redes académicas entre los actores del sistema de aseguramiento de la calidad.
 
- Establece condiciones de evaluación de las condiciones institucionales.
 
- Establece lineamientos para la etapa de preradicación. 
 
- Establece lineamientos para el cumplimiento de las condiciones de calidad de programa.
 
- Establece lineamientos para renovación de registro calificado, las cuales deberán demostrar avances del programa a partir de la autorregulación, autoevaluación y resultados de planes de mejoramiento.
 
- Genera alternativas de alianzas y convenios entre instituciones de diferente nivel de formación y de naturaleza pública y privada.
 
- Titulaciones de programas en convenio.
 
- Registros calificados de programas académicos de instituciones acreditadas en alta calidad.
 
- Registros calificados de programas académicos acreditados en alta calidad.
 
- Registros calificados de programas académicos en trámite de acreditación en alta calidad.
 
- Modificaciones de programas en instituciones acreditadas en alta calidad.
 
- Modificaciones sobre condiciones de calidad de carácter institucional y de programa: requisitos, las que requieren aprobación previa del Ministerio de Educación, las que únicamente deben ser informadas al Ministerio de Educación (expresa 3 tipos de modificaciones).
 
- Modificación para inclusión de nuevas zonas geográficas u oferta académica en la modalidad virtual.
 
- Modificación del lugar de desarrollo.
 
-  Habilitación de instituciones para ofrecer programas de educación superior, artículo 137, ley 30 de 1992:
 
"La Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), el Instituto Tecnológico de Electrónica y Comunicaciones (ITEC), el Instituto Caro y Cuervo, la Universidad Militar Nueva Granada, las Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional que adelanten programas de Educación Superior y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), continuarán adscritas a las entidades respectivas. Funcionarán de
acuerdo con su naturaleza jurídica y su régimen académico lo ajustarán conforme lo dispuesto en la presente ley.
 
Parágrafo. El Ministro de Educación Nacional, previo concepto favorable del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), reglamentará el régimen de equivalencias correspondientes a los títulos otorgados por las instituciones señaladas en el presente artículo".
 
- Pre-radicación  para municipios en categorías 2, 3,4, 5 y 6.
 
Esta disposición deroga el artículo 2.5.3.2.5.4 del Decreto 1075 de 2015 y las Resoluciones 15178 de 2022 y 2265 de 2023 del Ministerio de Educación Nacional. 
 
Se anexa el texto del Decreto. 
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