Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos
Comunicado 29. Solicitud urgente inscripción de candidatos faltantes para procesos electorales.
Publicado por Secretaria.general el 17/4/2024 (437 lecturas)
Señores:
Mario León Restrepo Múnera
Decano Facultad Ciencias Administrativas,
Económicas y Contables.
Leslie Milena Arrubla Valencia
Decana encargada
Facultad de Ingenierías y Arquitectura
Johan Sebastian Morales
Director Escuela de Posgrados
Héctor Andrés Correa López
Director del programa de Administración
de Empresas
Luz Marina Arango Gómez
Decana Facultad de Ciencias Sociales,
Salud y Bienestar.
Luis Hernán Saldarriaga
Director programa de Psicología
Cordial saludo,
En la fase final de la implementación de estrategias para el desarrollo de los procesos electorales, nos encontramos con la sorpresa, de que aún no existen candidatos propuestos para los siguientes órganos colegiados:
- Facultad de Ciencias Administrativas, Económicas y Contables.
No tiene candidatos inscritos para:
Estudiantes Consejo de Facultad.
Estudiantes para el Comité Curricular del Programa de Administración de Empresas.
Estudiantes para el Comité Curricular del Programa de Administración de Empresas.
Facultad de Ingenierías y Arquitectura.
No tiene candidatos inscritos para:
Estudiantes para el Comité Curricular del Programa de Ingeniería Industrial.
Escuela de Posgrados
No tiene inscritos para:
Consejo de Escuela.
Comité Curricular Área de Administración.
Comité Curricular Área de Comunicación.
Comité Curricular Área de Educación.
Centro Regional Bogotá (No tiene Inscritos)
Comité Curricular Área de Educación.
Centro Regional Bogotá (No tiene Inscritos)
Facultad de Ciencias Sociales, Salud y Bienestar:
No tiene candidatos inscritos para:
Comité Curricular Programa de Psicología.
Llama la atención que queramos iniciar procesos electorales en programas y facultades, incluso, con buen número de estudiantes, con la tranquilidad que pueda generar no tener candidatos inscritos en órganos colegiados, lo cual desconoce una condición de gobierno institucional, que debe quedar reflejada en los procesos de elección, en la conformación de los órganos colegiados con representación estamentaria y que se constituye en requisito indispensable en registros calificados y acreditación de alta calidad.
Me permito recordarles las obligaciones establecidas en la Estructura Orgánica al respecto.
Numeral 10.7.7 corresponde a los Decanos:
Liderazgo de los Decanos:
"Literal r). Liderar los procesos democráticos para la elección de los representantes, sujetos a períodos, ante los Comités Curriculares de los programas de pregrado y el Consejo de Facultad y otros órganos colegiados, de acuerdo con las directrices institucionales".
El numeral 10.11, indica que el Director de la Escuela de Posgrados, se asimila a un decano, en todas sus responsabilidades.
El Acuerdo Superior 03 del 9 de febrero de 2021, establece que:
Responsabilidades de los Decanos y Directores de Programa:
"Artículo 4°. En las Facultades serán responsables directos los Decanos con los directores de programa, o quienes hagan sus veces".
El literal J. de esta norma indica que:
Compromiso de los Decanos y Directores de Programa:
"En todo el proceso electoral deberá contarse con el compromiso efectivo de los Directores Académicos: Decanos, Directores de Programa, Directores de Centros Regionales, Director Escuela de Posgrados, Coordinadores de Posgrados, Coordinación de Graduados y Promoción Empresarial, Coordinadores del consultorio Jurídico de Centros Regionales, quienes deberán apoyar todos los procesos de sensibilización, convocatoria, participación y realización de las jornadas electorales......."
El literal K. de la misma norma indica que:
Informes de los decanos sobre procesos electorales:
"En los informes de gestión, los Decanos y directores de Centros Regionales, deberán dar cuenta de la participación efectiva de los docentes, estudiantes y graduados en los Órganos Colegiados, con la trazabilidad de los procesos desde la convocatoria hasta la participación efectiva y elección".
El parágrafo 4 del artículo 11, indica que:
Responsabilidad por la omisión de candidatos y llamados de atención de la Vicerrectoría de Docencia.
"Cuando no se presenten candidatos para un Órgano Colegiado, Consejo de Facultad, Consejo de Escuela de Posgrados, Comité Curricular, la Dirección del Consultorio Jurídico, deberá requerir al Director y Decano, o quien haga sus veces, antes del proceso de elección, para garantizar la participación efectiva de dichos estamentos, poniendo en conocimiento del asunto a la Vicerrectoría Académica.
Éstos deberán demostrar que tuvieron la debida diligencia para animar, incentivar e implementar la participación democrática, para lo cual deberán aportar las evidencias respectivas, so pena de llamado de atención y ser considerado en la evaluación que deberá realizar la Vicerrectoría Académica".
Entendiendo que las normas internas establecen el liderazgo, compromiso, responsabilidad y deber de los decanos y directores de programa, para el desarrollo efectivo y exitoso de los procesos electorales, para garantizar la eficiencia del gobierno institucional, solicito realizar la gestión indispensable para la inscripción de candidatos faltantes hasta el día viernes 19 de abril de 2024.
Envío copia a la Vicerrectoría de Docencia, para que en cumplimiento de los reglamentos internos, haga el acompañamiento y acciones indispensables para que en las elecciones de 2024 y siguientes, no se vuelvan a presentar estos inconvenientes y siempre haya un apoyo decidido al respecto.
Envío copia también al Rector General por el conocimiento que debe tener frente al avance de las jornadas electorales.
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