Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos
Comunicado 145. Tips Buen Gobierno 29. Control Fiscal
Publicado por Secretaria.general el 17/3/2023 (97 lecturas)
Competencia de acciones.
El control fiscal corresponderá al Revisor Fiscal el cual verificará:
• El cumplimiento de las leyes nacionales e internacionales
• El cumplimiento de los reglamentos internos
• La disponibilidad de la información institucional.
• La licitud de los recursos institucionales
• La adecuada destinación de los recursos
• La protección de los derechos de autor y la inexistencia de programas o software no licenciados, lo cual deberá presentar el Representante Legal dentro de su Informe de Gestión.
• Cumplimiento de las leyes de seguridad social, entre otros.
• Las demás que en cumplimiento de la Ley y las Normas Internas le correspondan.
El Revisor Fiscal, accederá sin ninguna limitación a todos los archivos institucionales, con el fin de realizar una actividad objetiva e independiente. Cumplirá el deber de informar cualquier hallazgo ante el Rector General y el Consejo Superior, con el fin de determinar las responsabilidades e identificar a los sujetos que contraríen las disposiciones legales y reglamentarias, que pongan en riesgo la Institución y buscar las soluciones.
Presentará anualmente el informe de rendición de cuentas al Consejo Superior, en relación con el desarrollo de la gestión, hallazgos, alertas, correctivos realizados, proposiciones, entre otros.
• El cumplimiento de las leyes nacionales e internacionales
• El cumplimiento de los reglamentos internos
• La disponibilidad de la información institucional.
• La licitud de los recursos institucionales
• La adecuada destinación de los recursos
• La protección de los derechos de autor y la inexistencia de programas o software no licenciados, lo cual deberá presentar el Representante Legal dentro de su Informe de Gestión.
• Cumplimiento de las leyes de seguridad social, entre otros.
• Las demás que en cumplimiento de la Ley y las Normas Internas le correspondan.
El Revisor Fiscal, accederá sin ninguna limitación a todos los archivos institucionales, con el fin de realizar una actividad objetiva e independiente. Cumplirá el deber de informar cualquier hallazgo ante el Rector General y el Consejo Superior, con el fin de determinar las responsabilidades e identificar a los sujetos que contraríen las disposiciones legales y reglamentarias, que pongan en riesgo la Institución y buscar las soluciones.
Presentará anualmente el informe de rendición de cuentas al Consejo Superior, en relación con el desarrollo de la gestión, hallazgos, alertas, correctivos realizados, proposiciones, entre otros.
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