Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 119. Tips Buen Gobierno 13: decisiones, acuerdos y controles del Consejo Superior

Publicado por Secretaria.general el 14/3/2023 (90 lecturas)

 Actas, Decisiones y Notificaciones:  de cada sesión del Consejo Superior se dejará constancia en un acta, que tendrá una secuencia numérica anual. De igual manera, las decisiones se expresarán mediante Acuerdos Superiores, como expresión colegiada, que se numerará consultando la fecha de la sesión. Las decisiones que emanen del Consejo Superior serán notificadas por el Secretario General, a los diferentes estamentos institucionales, en cuanto no contengan reserva.


Quien no esté de acuerdo con una decisión, deberá salvar su voto, indicando las razones por las cuales no se une a la misma. En tal sentido, se dejará constancia en el acta, con el fin de salvar responsabilidades, considerando que los miembros del Consejo Superior son responsables en razón de las decisiones tomadas en el máximo Órgano Colegiado, de conformidad con la Ley y el Estatuto General.

Corresponde al Secretario General, quien actúa en calidad de secretario del Consejo Superior, la realización de las Actas, la proyección de los acuerdos y la notificación de las decisiones ante la Institución o los entes a los que corresponda.
 
Iniciativa para presentar propuestas de Acuerdos Superiores: tendrán iniciativa para presentar Acuerdos Superiores: El Rector General y en ausencia de éste, el Represente Legal suplente, cualquiera de los miembros del Consejo Superior, el Secretario General, el Revisor Fiscal en los asuntos de su competencia. Cualquiera otra instancia de la Institución, deberá hacerlo por intermedio de cualquiera de los acá mencionados, siempre que no haya colisión de intereses.

Citaciones de control Institucional: El Consejo Superior en pleno o cualquiera de sus miembros podrá citar, para efectos de control institucional, por cualquiera actuación que deba ser aclarada y que ponga en riesgo la ética, la legalidad, el cumplimiento de los fines institucionales, desconozca los procesos, procedimientos o competencias internas, ponga en entredicho el buen nombre institucional, o deban resolver inquietudes,   por acciones u omisiones, a cualquier empleado de la institución que tenga responsabilidades de dirección, confianza o manejo. El citante podrá establecer el cuestionario que deba resolver el citado, con el fin de ilustrar al Consejo Superior, endilgar responsabilidades éticas, legales o reglamentarias y proponer las formas de subsanación. Será obligatoria la comparecencia, salvo fuerza mayor o caso fortuito, situación en la cual se reprogramará una nueva fecha.    

Renuncias: cualquier renuncia que presente alguno de los miembros del Consejo Superior o el Rector General, deberá presentarse por escrito ante el Presidente del Consejo Superior, quien deberá dar respuesta de manera escrita y oportuna.
 
Lugar de Sesión: el Consejo Superior podrá sesionar válidamente en cualquiera de sus Sedes o lugares próximos a aquellos en los cuales presta sus servicios educativos o en aquellas que sean de la Congregación de Religiosos Terciarios Capuchinos que estén disponibles para la Institución. Excepcionalmente, el Rector o el Presidente del Consejo Superior podrán sugerir otros lugares que permitan realizar el trabajo en condiciones de idoneidad y eficacia.