Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos
Comunicado 60. Jornada máxima legal empleados de dirección, confianza y manejo
Publicado por Secretaria.general el 10/3/2023 (881 lecturas)
La Universidad Católica Luis Amigó, establece una jornada laboral de 40 horas semanales para los docentes (Reglamento Interno del Trabajo, en su artículo 11, parágrafo 5) y 44.5 horas semanales, para los empleados administrativos, (según está prescrito en el artículo 11, parágrafo 1, para Medellín y parágrafo 2, Centros Regionales).
No obstante lo anterior, hay excepciones a la jornada máxima legal establecida y hace relación a los empleados de dirección, confianza y manejo.
El artículo 14 del Reglamento Interno del Trabajo prescribe que:
"Limite de horas. En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales. Cuando la jornada de trabajo se amplíe por necesidades del servicio a diez (10) horas diarias para el personal administrativo, no se podrá en el mismo día laboral horas extras.
Se excluyen de la regulación sobre jornada máxima legal quienes desempeñen cargos de dirección, confianza o manejo y que para el caso de la Universidad taxativamente son los que tienen como designación los siguientes cargos: Rector, Vicerrectores, Secretario General, Decanos, Directores, Coordinadores (o quienes hagan sus veces)".
El artículo 32 del Código Sustantivo del Trabajo precisa que un empleado de dirección, confianza y manejo, se refiere a los representantes del empleador como Directores, Gerentes, Administradores,.... y quienes ejerciten actos de representación con la aquiescencia expresa o tácita del empleado.
¿Es usted un empleado de dirección, confianza o manejo?. Estas son sus características:
1. Ocupan una especial posición jerárquica en la Universidad.
2. Tienen facultades disciplinarias, de mando, de órdenes, que implica subordinación jerárquica frente un grupo de personas.
3. Ejercen una función de responsabilidad, direccionamiento, liderazgo y coordinación, con miras al logro de resultados e indicadores de la Universidad.
4. Tienen poder discrecional de decisión, planeación y ejercen responsabilidades de enlace entre la Unidad que dirigen y la estructura, directiva de la Institución.
5. Representan al Rector, en calidad de empleador y nominador en la Unidad en la cual ejerce su liderazgo, en relación con las responsabilidades asignadas.
6. Es inherente al desempeño de sus responsabilidades y por ende, no requiere que se pacte en el contrato de trabajo.
7. Exige una disponibilidad institucional en otras franjas horarias que sean indispensables para el cumplimiento de tareas, responsabilidades y metas institucionales, y que obedezca a circunstancias objetivas y razonables, sin prejuicio del descanso que necesite para proteger su salud física y mental y atender otros compromisos que permitan su desarrollo integral como persona (sentencia C-372 de 1998).
8. Su remuneración salarial es consecuente con su posición dentro de la Organización y las responsabilidades asignadas.
9. Desempeñan responsabilidades de alta confianza del Rector General que implican del trabajador lealtad, eficiencia y reciprocidad frente a la confianza depositada.
Un empleado de dirección, confianza o manejo no tiene derecho a:
1. Sobrerremuneraciones por trabajo en horas extras.
No están excluidos del pago del trabajo dominical y festivos, pues la exclusión es solo frente al trabajo suplementario u horas extras.
Si tienen derecho a recargos nocturnos, pues las restricciones no deben aplicarse por analogía.
No pueden llamarse empleados de dirección, confianza o manejo a quienes realizan trabajos operativos o por el solo hecho de denominarse así en el contrato, siendo inconsecuentes con sus responsabilidades, remuneración, mando y confianza.
Tampoco los docentes de la Universidad son empleados de dirección, confianza o manejo, por lo que se debe respetar su jornada laboral de 40 horas, en los tiempos expresamente pactados en su contrato de trabajo o plan de asignación de responsabilidades académicas.
¿Quienes son empleados de dirección, confianza, manejo en la Universidad Católica Luis Amigó, con autoridad, mando, nivel jerárquico, poder de autodecisión, que reciben confianza del Rector para el desarrollo de sus tareas, con asignaciones salariales consecuentes y que de manera recíproca están llamados a responder a la confianza, lealtad, cumplimiento de lineamientos, desarrollo de tareas y responsabilidades en vinculación con los intereses de la Universidad y de quien la representa?.
Son éstos:
- Rector General
- Vicerrectores Administrativo y Financiero, Académico, de Investigaciones
- Director de Planeación
- Director de Extensión y Servicios a la Comunidad
- Director de Bienestar Institucional
- Secretario General
- Coordinador Oficina de Cooperación Institucional y Relaciones Internacionales
- Director de Regionalización y Educación Virtual y a Distancia
- Directores Centros Regionales
- Director Escuela de Posgrados
- Decanos
- Directores de Programa
- Coordinadores de Posgrados, en cuanto tengan dedicación exclusiva para tal responsabilidad
- Coordinadores de Programas Académicos Centros Regionales
- Coordinadores Centros Regionales (Académico, Bienestar, Extensión, Investigaciones)
- Directores Consultorios Jurídicos
- Coordinador Admisiones y Registro Académico
- Coordinador Almacén, Compras y Proveeduría
- Coordinador Departamento de Biblioteca
- Coordinador Oficina de Comunicaciones y Relaciones Públicas
- Coordinador Departamento de Contabilidad, Costos y Presupuesto
- Jefes de Departamento Académico
- Coordinador Fondo Editorial
- Coordinador Departamento de Gestión Humana
- Coordinador Oficina Relaciones Laborales
- Coordinador Programa de Graduados y Promoción Empresarial
- Coordinador Departamento de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico para la Educación
- Coordinador Departamento Sistema Universitario de Información
- Coordinador Oficina de Mercadeo y Publicidad
- Coordinador Departamento de Servicios Generales
- Tesorero(a)
- Coordinador Oficina para la Administración de Documentos
- Coordinador Departamento de Formación Pedagógica e Innovación Didáctica
- Coordinador Departamento de Prácticas Institucionales
- Coordinador Oficina de Trasferencia de Resultados de Investigación
Finalmente, como empleados de dirección, confianza y manejo debemos responder a los intereses de la Universidad y a la confianza generada por el empleador. Los Jefes deben ser respetuosos de quienes no tienen esta condición y respetar la jornada laboral pactada con éstos.
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