Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 55. Nuevo Acuerdo Superior: reconocimientos y distinciones institucionales (02 del 10 de marzo de 2020)

Publicado por Secretaria.general el 24/2/2023 (487 lecturas)

 Mediante Acuerdo Superior N° 02 del 10 de marzo de 2020, el Consejo Superior aprobó una nueva versión para los reconocimientos y distinciones institucionales, el cual deroga el Acuerdo Superior 02 del 06 de marzo de 2018.

 
El presente Acuerdo suple algunos vacíos y genera otros requisitos que hagan más accesibles los reconocimientos dentro de la institución. 
 
De igual manera, se dan otras denominaciones a las medallas, con un carácter institucional y desde el carisma amigoniano y se acompañan de reconocimientos económicos, algunos de ellos, con un salario mínimo mensual legal vigente.  
 
Son éstos:
 
Otorgadas directamente por la Rectoría General en cualquiera de las Sedes:

1. Título de Doctor Honoris Causa
2. Diploma de Reconocimiento a los “Servidores Amigonianos Eméritos

Otorgadas con carácter institucional en la Sede Medellín:

1. Medalla “Pro servitio ad Universitates” José Hernando Maya Restrepo, por el Servicio Universitario.
 
Esta distinción es el máximo reconocimiento que la Universidad Católica Luis Amigó otorga a sus propios miembros, particularmente a aquellos que se distinguen por la vivencia cotidiana del espíritu amigoniano y sus invaluables servicios al desarrollo institucional o aportes sobresalientes y significativos en las distintas funciones sustantivas de la educación superior.
 
Podrán proponer candidatos para el otorgamiento de esta distinción, el Rector General, los Órganos Colegiados de la Universidad en cualquiera de sus niveles (Comités Curriculares, Consejos de Facultad o de Escuela u otros que apoyen la administración en los distintos niveles), o por postulación realizada por un grupo mínimo de tres (3) de empleados de la Universidad Católica Luis Amigó.
 
El galardonado recibirá también una bonificación de 1 SMMLV.

2. Medalla “Ut mérito Amigonian” Marco Fidel López Fernández, al mérito amigoniano.

Esta distinción se conferirá a empleados de cualquier unidad, vinculados laboralmente con la Universidad Católica Luis Amigó.
 
Podrán proponer candidatos para el otorgamiento de esta distinción, el Rector General, los Órganos Colegiados de la Universidad en sus distintos niveles y por postulación realizada por un grupo no inferior a tres (3) empleados vinculados laboralmente con la Universidad Católica Luis Amigó.
 
El galardonado recibirá también una bonificación de 1 SMMLV.


3. Medalla “Amor Caritas”, Vicente Serer Vicens, al Mérito Social.
 
Se conferirá a personas jurídicas o naturales externas a la Universidad Católica Luis Amigó y cuyo aporte al desarrollo social, de las comunidades en cualquiera de los frentes mejore y transforme significativamente la calidad de vida de las personas o del entorno, desde la responsabilidad social que les corresponde.
 
Podrán proponer candidatos para el otorgamiento de esta Medalla, el Rector General y los órganos colegiados de la Universidad Católica Luis Amigó en sus diferentes niveles de jerarquía: Consejo Superior, Consejo Académico, Comité Rectoral y Comités de Dirección en los Centros Regionales. También podrá ser propuesto por el Director de Extensión y Servicios a la Comunidad o por un grupo mínimo de tres (3) empleados.
 
La Universidad Católica Luis Amigó también podrá congratularse con esta distinción con las entidades educativas, culturales, artísticas, religiosas o deportivas que, en cumplimiento de su misión, impacten el desarrollo social de las comunidades, y con ocasión de los aniversarios de su constitución o fundación, cuantificados por lustros (cinco, diez, quince, veinte, veinticinco, etc.)

4. Medalla “Bonus Pastor Universidad Católica Luis Amigó”, a la Promoción Humana y el Desarrollo Social.

Se conferirá a personas jurídicas o naturales, internas o externas a  la Universidad Católica Luis Amigó, cuyo aporte a la generación de una cultura, educación y pedagogía para la paz, protección de los derechos humanos, reducción de brechas de desigualdad social, generación de una sociedad equitativa, sean significativas para la consolidación y construcción de un tejido social armónico, con reivindicación evidente de comunidades, grupos humanos y personas, en consonancia con los principios, objetivos y misión de la Universidad.
 
Podrán proponer candidatos para este reconocimiento, el Consejo Superior, el Rector General, el Consejo Académico y el Comité Rectoral. También podrá proponerlo un grupo mínimo de tres (3) empleados.

5. Medalla “Per Chirstianus est humanismus Fray Luis Amigó y Ferrer”, al Humanismo Cristiano.

La Universidad Católica Luis Amigó, reconoce estatutariamente al humanismo cristiano como uno de sus principios.  Éste afirma la unidad del género humano, la solidaridad de destino y la fraternidad como fundamento de una comunidad que tiene por finalidad la búsqueda del bien común en la paz, la justicia, la libertad y la verdad. Con esta medalla se pretende reconocer a las instituciones y personas que se preocupan por fortalecer el discurso y la reflexión humanista y cristiana, en un mundo sumido en las crisis de toda índole y relativismos morales. Se tiene en cuenta el nombre de Fray Luis Amigó y Ferrer, humanista por excelencia, quien inspirado en el amor por los más vulnerables creó un carisma congregacional para la reivindicación de la dignidad humana en personas y comunidades frágiles.
 
Podrán proponer candidatos para el otorgamiento del diploma, el Consejo Superior, el Rector General, los Consejos de Facultad, Comités Curriculares y un grupo mínimo de tres (3) empleados. 

Otorgadas con carácter institucional en cada una de las sedes donde la Universidad tiene presencia:

1. Diploma de Reconocimiento al “Docente Amigoniano Distinguido”

Podrán proponer candidatos para el otorgamiento de este diploma, el Rector General, el Vicerrector Académico, los Consejos de Facultad. En los Centros Regionales serán propuestos y seleccionados por los Comités de Dirección.
 
Los docentes galardonados recibirán también una bonificación de 1 SMMLV.
 
2. Diploma de Reconocimiento al “Investigador Amigoniano Distinguido”

Podrán proponer candidatos para el otorgamiento de este diploma, el Rector General, la Vicerrectoría de Investigaciones, líderes de grupos o jefes de línea de investigación escalafonados en Colciencias y los Comités de Dirección de los Centros Regionales, en sus respectivas sedes, quienes allegarán copia del acta respectiva.
 
Recibirá también una bonificación no constitutiva del salario, igual a 1 SMMLV.
 
3. Diploma de Reconocimiento a los “Jóvenes Investigadores”

El Diploma de Reconocimiento a los “Jóvenes Investigadores” será otorgado a estudiantes de la Universidad que tengan como máximo 30 años de edad, hayan cursado al menos el 50% del total de créditos de la carrera profesional y cuya labor de investigación sea destacada, contar con un promedio igual o superior a 4.2 (cuatro, dos), no tener antecedentes disciplinarios en la institución ni haber reprobado ningún curso.
 
Podrán proponer candidatos para el otorgamiento del Diploma de Reconocimiento a los “Jóvenes Investigadores”, el Rector General, la Vicerrectoría de Investigaciones, los líderes o jefes de línea de los grupos de investigación y los Comités de Dirección en los Centros Regionales, en sus respectivas sedes, para lo cual allegarán el acta respectiva. 
 
Además del diploma, se le entregará al galardonado una beca por el 50% del valor de la matrícula, a partir del semestre siguiente al recibimiento de la distinción y que podrá extenderse máximo hasta el último semestre previsto para la duración del programa académico, siempre que se vincule activamente a los procesos investigativos de la Universidad Católica Luis Amigó, según certificación que expida para este efecto la Vicerrectoría de Investigaciones, o quien haga sus veces. 

4. Diploma de Reconocimiento a los “Profesionales Amigonianos Distinguidos”

El Diploma de Reconocimiento a los “Profesionales Amigonianos Distinguidos” podrá conferirse a los profesionales amigonianos o asociaciones conformadas por graduados.
 
Este diploma se entregará uno por cada Facultad incluídos los posgrados que pertenecen a las mismas. En los Centros Regionales, podrá entregarse uno por cada programa, siempre que no sean de la misma unidad de saberes que deberían conformar una Facultad, caso en el cual seguirán la línea general de adjudicación expresada en este Artículo.
 
Además del diploma, para los galardonados en pregrados se les dará un subsidio de beca equivalente al 25% para cursar cualquiera de las Especializaciones y un 20% para cualquiera de las Maestrías que ofrezca la institución y que al momento de hacer uso de la misma se encuentre activa. Dicho descuento deberá solicitarse solo dentro de los dos años calendario siguientes.
 
Quienes hayan sido beneficiarios del estímulo establecido en el Acuerdo Superior 08 del 5 de octubre de 2010, podrán hacerlo efectivo hasta el 30 de noviembre de 2021.
 
5. Diploma de Reconocimiento al “Amigoniano Emprendedor”
 
El Diploma de Amigoniano Emprendedor se entregará a los profesionales amigonianos que se destaquen en la cultura del emprendimiento y el empresarismo, en condiciones de innovación, posicionamiento, impacto social y generación de empleo.
 
Además del diploma, se dará al galardonado un descuento equivalente al 20% para cursar estudios de Maestría en la Universidad Católica Luis Amigó, el cual deberá hacerse efectivo solo dentro de los dos años siguientes a su otorgamiento. El mismo es personal e intransferible. No aplica para Doctorados.
 

Estos descuentos se perderán cuando el estudiante se retire del programa o repruebe o cancele al menos un curso.

 
Podrán proponer candidatos para el otorgamiento de la distinción, el Rector General, la Dirección de Extensión y Servicios a la Comunidad, la Coordinación del Programa de Graduados y Promoción Empresarial, el Centro de Emprendimiento Innovación y Transferencia, los Consejos de Facultad y los Comités de Dirección en los Centros Regionales para quienes pretendan sean galardonados en su propia región. Deberán postularse al menos dos (2) candidatos por cada Facultad y Centro Regional.
 
Otras condiciones finales:
 
Ninguna otra Unidad como decir, Centro Regional, Escuela, Facultad o Programa, podrá realizar reconocimientos de tipo institucional por fuera de los aquí establecidos. Los Consejos de Facultad y los Comités Curriculares en los Centros Regionales, mediante resolución, podrán resaltar a estudiantes en aspectos específicos de su desempeño y formación; agencias de práctica, por su compromiso con el programa, personas que de manera evidente han apoyado el crecimiento y consolidación de las propuestas académicas, docentes en aspectos puntuales de mención y relevancia verificados en el programa, siempre que sea acorde con su desempeño y evaluación registrada en el Departamento de Gestión Humana, previa verificación ante dicha Unidad. Los reconocimientos a empleados no podrán darse por fuera de los que tengan una vinculación contractual directa con el programa académico.
 
Anexo el texto del acuerdo respectivo.
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