Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 131. Convocatoria elección representante de los directivos academicos ante el Consejo Superior

Publicado por Secretaria.general el 20/2/2023 (121 lecturas)

 El actual representante de los directivos académicos ante el Consejo Superior, Mario León Restrepo Múnera, Decano de la Facultad de Ciencias Administrativas, Económicas y Contables culmina su período en el mes de diciembre de 2021.

 
Por ende es necesario convocar para la elección del estamento correspondiente, quien se posesionará a partir del año 2022.
 
El artículo 17, del nuevo estatuto general, se refiere a la organización del Consejo Superior e indica que contará con un representante de los directivos académicos (vicerrectores, decanos, directores de extensión y bienestar institucional, directores de programas de pregrados y coordinadores de programas de posgrados o quienes hagan sus veces).
 
En el artículo 18, indica que este deberá acreditar título posgradual, experiencia profesional en cargos de dirección en la Universidad, por lo menos en los últimos cinco años y será elegido entre todos éstos, entre los candidatos que postulen su nombre para esta representación, para un período de tres años, siempre y cuando conserve la calidad total.
 
Por su parte el Acuerdo Superior 02 del 9 de febrero de 2021, que reglamenta los procesos de elección de representantes sometidos a período de los diferentes órganos colegiados, establece los procedimientos para la elección. 
 
Como consideraciones deben tenerse en cuenta: 
 
- El Consultorio Jurídico de Medellín establecerá el calendario electoral para la elección de este estamento.
 
- Cuando se habla de directivos académicos, hace alusión a que pueden ser candidatos: Vicerrectores Académico y de Investigaciones, Director de Extensión, Director de Bienestar Institucional, Jefe OCRI por tener un cargo de alta dirección que permea la académica como función sustantiva, Decanos, Director Escuela de Posgrados, Directores de Programa de Pregrado, Docentes con Funciones de Dirección de Programa, Docentes con Funciones de Coordinación de Programa. 
 
En los centros regionales son considerados Directivos Académicos:  (coordinadores académicos, bienestar,  extensión, investigación, coordinadores de programas de pregrado y docentes con funciones de coordinación de programas), siempre que cumplan los requisitos del artículo 18, literal c).
 
- No podrán presentarse quienes actualmente tengan alguna representación en otros comités o consejos con el fin de aspirar al Consejo Superior.
 
- Los candidatos pueden ser de cualquier sede y las votaciones deberán incluir a los directivos académicos de los centros regionales para su postulación y derecho al voto.