Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos
Comunicado 27: para tener en cuenta en la rendición de cuentas
Publicado por Secretaria.general el 16/2/2023 (9564 lecturas)
El Código de Buen Gobierno y Transparencia, en su Artículo 30, establece lo relativo a la rendición de cuentas. De la misma manera, la Resolución 015224 de 2020, del Ministerio de Educación Nacional, ordena en la condición institucional relativa a “Estructura Administrativa y Académica”, en su Artículo 21 lo relativo a la rendición de cuentas institucional y solicita que la Institución de Educación Superior indique “a quién les rendirá cuentas sobre el desempeño institucional, la periodicidad y los medios de difusión a utilizar, entre otros aspectos, teniendo en cuenta lo previsto en el Acuerdo 02 de 2017 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU”.
El Acuerdo CESU mencionado, se refiere en su Artículo 2 a los conceptos sobre buen gobierno, a saber: autonomía, gobierno institucional, código de buen gobierno, máximo órgano colegiado de gobierno, gobernabilidad, gobernanza, grupos de interés, rendición de cuentas.
Indica que “las Instituciones de Educación Superior, a través de su máximo órgano colegiado de gobierno y sus directivos, tienen el deber ético de construir una cultura de rendición de cuentas en la que informe y dialogue con sus grupos de interés, de manera periódica, planeada y participativa sobre: la realización de la Misión y el Proyecto Educativo Institucional, la adecuada gestión, el eficiente y eficaz manejo de los recursos, los proyectos, las expectativas cumplidas y no cumplidas, sus opciones de presencia regional y, en general, de los resultados de la Institución. La rendición de cuentas fortalece la autonomía universitaria.
Los máximos órganos colegiados de gobierno deben definir y aprobar los mecanismos en que ellos y los directivos de la Institución expresan su cultura de rendición de cuentas a la sociedad.”
De la misma manera, el Acuerdo CESU 02 de 2017, en su Artículo Segundo, indica que la rendición de cuentas es “un deber ético de toda Institución en cabeza de su Representante Legal y sus órganos de gobierno, capaz de responder e informar de manera periódica, planeada y participativa, sobre: la realización de la Misión y el Proyecto Educativo Institucional, la adecuada gestión, el eficiente y eficaz manejo de los recursos, los proyectos, las expectativas cumplidas y no cumplidas y, en general, de los resultados de la Institución”.
La Institución deberá hacer una declaración de los grupos de interés y generar una fluida relación con éstos. Son grupos de interés: los miembros de los cuerpos colegiados, profesores, estudiantes, personal administrativo. Habrá otros de carácter social como: padres de familia, otras Instituciones de educación superior y de otros niveles educativos, graduados, agencias del Estado, medios de comunicación, agencias de cooperación, sociedades científicas, sociedad civil, entre otros.
La relación con los grupos de interés, debe “incluir formas de captación e identificación de sus intereses, requerimientos y expectativas, de atención a sus necesidades, de participación en la vida institucional”.
DESARROLLO DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN
LA UNIVERSIDAD CATÓLICA LUIS AMIGÓ
1. Quiénes están obligados a rendir cuentas en la Universidad Católica Luis Amigó:
Órganos de gobierno:
· Consejo Superior: quien lo hará mediante presentación del informe anual de su gestión, que será divulgado por la Secretaría General y puesto en el sitio web para lectura y comentarios de la sociedad civil.
· Rector General y Representante Legal: quien lo realizará una vez al año ante el Consejo Superior y ante la comunidad y grupos de interés.
Directivos de alto nivel y Vicerrectores, a saber:
Vicerrectores (Académico, Investigaciones y Administrativo y Financiero). Lo harán una vez al año ante la comunidad y grupos de interés.
Directores de: Planeación, Bienestar Institucional, Extensión y Servicios a la Comunidad, Centros Regionales y jefe de la Oficina de Cooperación Institucional y Relaciones Internacionales, lo harán una vez al año ante la comunidad y grupos de interés.
Decanos de Facultad y Director Escuela de Posgrados o quienes hagan sus veces, lo harán una vez al año ante la comunidad y grupos de interés.
Equipos directivos de los Centros Regionales y sus Coordinadores de Programas Académicos, lo harán por escrito, cada semestre ante el Director del Centro Regional para la consolidación de su informe final.
Directores de Programas, Coordinadores de Posgrados, jefes de Unidades Académicas y Administrativas, lo harán por escrito cada semestre ante el jefe del subsistema o alto directivo académico para la consolidación de sus informes finales.
Revisor Fiscal, en los términos que indica el Código de Buen Gobierno y Transparencia y el Estatuto General. Lo hará ante el Consejo Superior en cada anualidad o en los términos que indiquen las normas internas.
Los directivos académicos y administrativos también podrán ser citados en rendición de cuentas por el Consejo Superior y el Rector General, cuando lo consideren conveniente.
En los Centros Regionales también podrás programarse otros espacios de rendición de cuentas ante los públicos de interés de la respectiva región.
2. Convocatoria para jornadas de rendición de cuentas
La Universidad hará convocatoria pública para jornadas de rendición de cuentas, en sus diferentes medios de difusión, para garantizar el conocimiento y la participación de los públicos de interés en las mismas.
Serán convocados: miembros de órganos colegiados, gobierno provincial, profesores, estudiantes, personal administrativo, padres de familia, otras instituciones de educación superior, medios de comunicación, agencias de cooperación, agencias de prácticas, organizaciones de la sociedad civil, con especial atención en las regiones donde la Universidad hace presencia.
3. Modalidad de rendición de cuentas
La rendición de cuentas se hará teniendo en cuenta las siguientes modalidades:
· Escrita, con difusión virtual y montaje en el sitio web, como el caso del Consejo Superior. El presidente del Consejo Superior podrá optar también por realizar socialización virtual o presencial.
· Escrita, con socialización virtual o presencial, con difusión en el sitio web para conocimiento y comentarios de la sociedad civil. Lo cual aplica siempre para el Rector y Representante Legal y demás directivos.
4. Periodicidad
En todos los órdenes, la rendición de cuentas tendrá una periodicidad anual y se determinará en el calendario administrativo de la Universidad, mediante Resolución Rectoral u otra disposición interna. Cuando sea indispensable, podrá hacerse con otra periodicidad.
5. Planeación y desarrollo
La rendición de cuentas deberá tener una adecuada planeación y desarrollo por parte de cada una de las Unidades que están obligadas a hacerlo.
Deberá tener en cuenta, entre otros, los siguientes elementos, según lo indica el Acuerdo CESU 02 de 2017 y el Código de Buen Gobierno y Transparencia:
a. Realización de la Misión y el Proyecto Educativo Institucional
b. La adecuada gestión realizada por la Unidad y el eficiente y eficaz manejo de los recursos.
c. Los proyectos por realizar según la planeación institucional en dicho periodo (Plan de Desarrollo, Plan de Acción Institucional, Plan Operativo, entre otros).
d. Tareas cumplidas y no cumplidas en relación con lo planeado y las responsabilidades orgánicas (metas de cumplimiento y no cumplidas en sus porcentajes y metas, con explicación de las razones de incumplimiento)
e. Correctivos y mejoras para lograr el cumplimiento de lo no realizado.
f. Otros resultados que deban ser considerados en la exposición.
6. Informes escritos previos de rendición de cuentas
· Los informes de rendición de cuentas deberán entregarse en escrito previo, ejecutivo, estructurado y conforme con los lineamientos indicados (según el Acuerdo CESU 02 de 2017). Deberán radicarse en la Oficina para la Administración de Documentos y colgados en el sitio web de la Institución con secuencia, año por año, con el fin de visibilizar los avances de un informe a otro.
7. Desarrollo de la sesión y evidencias
· De cada sesión de rendición de cuentas, se hará transmisión virtual, grabación de la misma y será montada en el sitio web institucional para conocimiento de la sociedad y de los miembros de grupos de interés que no hayan podido asistir. Tal como lo indica el Código de Buen Gobierno, el Departamento de Gestión Humana sistematizará cada jornada de rendición de cuentas y dejará las evidencias en actas sobre el desarrollo de la sesión, interpelaciones y listados de asistentes.
8. Consideraciones finales
La rendición de cuentas fortalece la autonomía universitaria, expone con transparencia la gestión institucional ante los públicos de interés, genera compromisos con el desarrollo de la Misión Institucional y el cumplimiento del Proyecto Educativo y genera condiciones de confianza y transparencia en el gobierno institucional. Articula la Universidad como un todo, una unidad, con carácter integrador en Medellín y sus Centros Regionales.
9. Jornadas de rendición de cuentas año 2021
Tal como lo establece el calendario administrativo (Resolución Rectoral No. 52 de 2020), así como, el Código de Buen Gobierno y transparencia de la institución en su artículo trigésimo: La rendición de cuentas es el mecanismo ordenado y planeado que tendrá la Universidad para que quienes tengan responsabilidades de alta dirección, respondan ante sus públicos internos y externos por la gestión realizada, los indicadores logrados, la consecución de metas, en perspectiva de crecimiento, desarrollo y proyección institucional.
Primera jornada.
Días: 18 y 25 de marzo de 2021.
Hora: de 3:30 pm a 5:00 pm.
Rinde cuentas: Rector General, Vicerrectorías, Dirección de Extensión y Servicios a la Comunidad, Dirección de Planeación, Dirección de Bienestar Institucional y Oficina Cooperación Institucional y Relaciones Internacionales.
Segunda jornada.
Días: 21 y 28 de octubre de 2021
Hora: de 3:00 pm a 5:00 pm.
Rinde cuentas: Directores(as) de los Centros Regionales, Decanos(as) y Director de la Escuela de Posgrados.
|