Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos
Comunicado 16: reglamentación institucional para adjudicación de locales comerciales, Acuerdo Superior 03 del 9 de febrero de 2021
Publicado por Secretaria.general el 16/2/2023 (593 lecturas)
Consecuentes con la necesidad de transparencia en los procesos institucionales, según lo preceptuado en el Artículo 46, parágrafo 3 del Código de Buen Gobierno y Transparencia, el Consejo Superior reglamentó lo relativo para la asignación de espacios de concesionarios o locales con destinación comercial.
Con las proyecciones de la nueva sede, la Universidad espera tener más de 20 locales en Medellín y los Centros Regionales que requieren una adjudicación en términos de transparencia, legalidad y conveniencia institucional.
Este Acuerdo establece lo siguiente:
· Convocatoria abierta con posibilidades de duración por 3 años, prorrogable año por año según cumplimiento de requisitos y satisfacción de los usuarios con el servicio.
· Términos de referencia que incluyen, entre otros, cumplimiento de políticas ambientales, novedad, valor agregado al bienestar institucional, sello distintivo del negocio que lo hace diferente de otros similares, propuesta de responsabilidad social con estudiantes de bajos recursos desde el negocio propuesto, entre otros.
· Se establece un comité de selección de concesionarios constituido por la Dirección de Bienestar Institucional, Dirección de Planeación con su Departamento de Desarrollo de infraestructura Física y Secretaría General. Habrá otro similar en centros regionales quien evaluará propuestas iniciales para ser aprobados por el comité de selección.
· Se colocan jornadas de atención al público
· Se controlan ventas itinerantes
· Se regula la adjudicación de máquinas dispensadoras de insumos
· Se consideran exclusividades de marcas cuando sean de interés institucional
· Se establecen requisitos en los contratos, condiciones para regular el valor del canon
· Objeto de los bienes y servicios y se incluye la posibilidad de asignar un local para tienda universitaria en Medellín.
· Se regulan los arrendamientos compartidos o temporales como salones, canchas, auditorios, espacios deportivos, stands promocionales, entre otros.
· Se establecen prohibiciones para la asignación de contratos de espacios privados
· Se colocan límites al número de espacios que puede tener un concesionario (solo uno)
· Se prohíbe el tráfico de influencias en el proceso de selección
· Se regula la imagen corporativa en los espacios comerciales, sin contaminación visual ni saturación en espacios aledaños.
· Se exige cumplimiento de políticas ambientales en el manejo de residuos sólidos como peligrosos, hídricos, energéticos, destinación de desechos alimenticios y se prohíbe el uso de plásticos de un solo uso.
· Se regula el mantenimiento y remodelaciones en los espacios físicos siempre a costa del concesionario.
· Se considera la devolución anticipada de los espacios físicos y los protocolos para la entrega y retorno del inmueble.
Se anexa el texto correspondiente.
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