Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos
Comunicado 49. Cobros por servicios complementarios. Resolución Rectoral N° 16 del 16 de marzo de 2022
Publicado por Secretaria.general el 24/1/2023 (654 lecturas)
Conforme con la potestad reglamentaria que estatutariamente se le otorga al Rector General, mediante Resolución Rectoral N° 16 del 16 de marzo de 2022, se establecieron cobros complementarios por prestación de servicios, así:
1. Por servicios de Bienestar:
- Gimnasio
- Vacaciones recreativas
- Citas médicas
- Citas psicológicas
- Semilleros de teatro
- Clases de baile
- Alquiler de locker
2. Servicios de Biblioteca:
- Sanción por mora en la entrega de libros: $1.300 por cada día de retardo.
- Sanción por mora en colecciones de reserva será el doble de lo anterior.
- Sanción por pérdida o daño de libros: el valor del libro más el 10% por gastos.
- Sanción por mora en colecciones de reserva será el doble de lo anterior.
- Sanción por pérdida o daño de libros: el valor del libro más el 10% por gastos.
3. Servicios de parqueaderos:
Comunidad Universitaria | Visitantes | |
Carro | $ 3.500 por día | $ 3.500 por hora |
Moto | $ 2.000 por día | $ 2.000 por hora |
Bicicletas | No tendrán ningún cobro. |
La Universidad no presta servicio de parqueo de patinetas eléctricas, malumetas o similares.
En el caso de concesiones entregadas a terceros para el servicio de parqueaderos, las tarifas deberán ser consensuadas inicialmente con el Director del Centro Regional, quien deberá presentarlas para aprobación de la Dirección Administrativa y Financiera para su implementación.
En el caso de concesiones entregadas a terceros para el servicio de parqueaderos, las tarifas deberán ser consensuadas inicialmente con el Director del Centro Regional, quien deberá presentarlas para aprobación de la Dirección Administrativa y Financiera para su implementación.
Quien decida parquear su vehículo al interior de la misma, se acogerá a la reglamentación de parqueaderos, el cual será dado a conocer posteriormente.
Cualquier vacío o excepcionalidad que se presente para la aplicación de la presente norma, será solucionada por la Rectoría General y la Dirección Administrativa y Financiera.
Se anexa copia de la resolución.
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